CONVENIO MARCO CELEBRADO ENTRE LA FUNDACIÓN
SUYUSAMA Y LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
DSO-259418
CAPITULO PRIMERO
DISPOSICIONES PRELIMINARES
1. LAS PARTES CONVENIENTES
Por una parte, la Dra. MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI, mayor de edad, domiciliada en la ciudad de Pasto, identificada con Cédula de Ciudadanía número 30.738.251 expedida en Pasto, designada como Rectora, mediante la Resolución No. 010 del 24 de octubre de 2024, emanada por el Honorable Consejo Superior, de conformidad con la Ley 30 de 1992, y facultada según lo establecido en el numeral 29 del Artículo 26 del Estatuto General de la Universidad de Nariño, Institución Pública de Educación Superior, creada mediante Decreto No. 049 del 7 de Noviembre de 1904, ente autónomo Universitario de carácter oficial del orden Departamental, con Nit número 800.118.954-1, quien para efectos de este convenio se denominará LA UNIVERSIDAD, y por otra parte LUIS JAVIER RODRIGUEZ JURADO, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.387.434 expedida en Pasto, en su condición de Representante Legal de la Fundación Suyusama, entidad sin ánimo de lucro con personería jurídica y con NIT 900723205-0, con domicilio en la ciudad de Pasto y quien para efectos del presente convenio se denominará la FUNDACION, hemos acordado celebrar el presente convenio marco.
2. JUSTIFICACIÓN
La celebración del presente convenio marco se justifica por la necesidad de establecer lazos de cooperación y apoyo entre la Universidad y la Fundación para generar espacios de intercambio y actualización de conocimientos para el desarrollo del talento humano, a través de prácticas profesionales, pasantías, voluntariados, trabajos de grado, semestre rural, entre otros.
3. OBJETO
El presente convenio establece las bases de cooperación académica para el desarrollo de actividades de investigación e interacción social entre la FUNDACION SUYUSAMA, y LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO, entre las actividades se contemplan las prácticas profesionales,
pasantías, voluntariados, semestre rural, trabajos de grado, y otros procesos de investigación a que haya lugar.
4. CAMPO DE APLICACIÓN
Por el presente convenio se regulan las condiciones en que se desarrollarán las siguientes actividades académicas: prácticas profesionales, pasantías, semestre rural, voluntariados, trabajos de grado y demás actividades acordes a la naturaleza de las anteriores, cuya realización haya sido contemplada como requisito dentro del pensum académico de la carrera respectiva o por ley, para acceder a un título profesional.
5. NATURALEZA DE LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR
Los estudiantes practicantes, en desarrollo del presente convenio, solamente podrán desarrollar actividades que les sean encomendadas, las cuales estarán sujetas a las orientaciones e indicaciones del jefe de área o dependencia en donde se realice la practica y en coordinación con el asesor de la Universidad de Nariño.
POR LA FUNDACION SUYUSAMA
ORIGINAL FIRMADO
LUIS JAVIER RODRIGUEZ JURADO
Representante Legal
POR LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO
30 de julio de 2025
ORIGINAL FIRMADO
MARTHA SOFÍA GONZÁLEZ INSUASTI
Rectora
ORIGINAL FIRMADO
Jairo Alfredo Arcos Guerrero
Firma supervisor
