EL FONDO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD DE LA UNIVERSIDAD DE NARIÑO está interesado en recibir cotizaciones de personas naturales o jurídicas legalmente establecidas en Colombia, para seleccionar a un operador logístico para la ejecución del proceso del servicio farmacéutico ambulatorio de acuerdo con las normas que rigen el servicio farmacéutico. (Decreto 2200 de 2005, Decreto 1011 de 2006 y resolución 1403 del 2007 del Ministerio de la Protección Social) que incluye:
1. La administración del servicio farmacéutico independiente (Artículo 7° del Decreto 2200 de 2005), aclarando que el contratista debe adecuar una farmacia dentro de las instalaciones físicas del Fondo para la dispensación de los medicamentos a los usuarios.
2. La adquisición y suministro de medicamentos seleccionados en la negociación conjunta con el Sistema Universitario de acuerdo a los precios convenidos con los diferentes proveedores de medicamentos
3. Suministro de medicamentos que no estén incluidos dentro del Vademécum adoptado por el Fondo y no estén dentro de los productos seleccionados por el Fondo de la más alta calidad y al menor costo; los cuales serán única y exclusivamente autorizados por la Coordinación Médica y/o el Comité Técnico Científico del Fondo. El Fondo de Seguridad Social en Salud se reserva el derecho de adquirir estos medicamentos con el proveedor que mayores beneficios otorgue a esta Dependencia Universitaria.
DOCUMENTOS: